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25 de Mayo prohibió totalmente la pirotecnia

El distrito bonaerense prohibirá totalmente la pirotecnia. Diferencias con la ordenanza que rige al respecto en Arrecifes.

El Municipio de 25 de Mayo prohibirá la utilización y tenencia de pirotecnia en todo el distrito para preservar el espacio sonoro y la integridad física de personas y animales.

La prohibición fue dictada por una ordenanza impulsada por el Ejecutivo y aprobada por unanimidad en el Concejo Deliberante local, que deroga otras normativas.

De esta manera, quedará prohibido en todo el partido de 25 de Mayo la utilización, tenencia, acopio, depósito, exhibición, fabricación, detonación, comercialización y/o expendio a título gratuito u oneroso, al público minorista o mayorista de artificios de todo tipo de pirotecnia y cohetería con efecto sonoro.

El diario local La Mañana detalló que la ordenanza también declara de “interés municipal” la realización de campañas de información, educación y difusión para concientizar los riesgos del uso de la pirotecnia para el ambiente, las personas y los animales.

Muchos seguramente creen que en Arrecifes rige una ordenanza que prohíbe el uso de pirotecnia. Sin embargo,  la ordenanza 2468 que rige la actividad de expendio y uso de pirotecnia en nuestra ciudad establece en sus artículos “Prohíbase en todo el ámbito del Municipio de Arrecifes la tenencia, uso, fabricación, comercialización y/o venta al público mayorista o minorista de todo elemento de pirotecnia y cohetería, que habiendo sido calificado como producto de “venta libre” por el RENAR, su sonoridad supere lo establecido por la Ordenanza Municipal 856 (Ruidos Molestos) en su Artículo 1º, inciso a), los cuales son detallados en el Anexo I.”

Asimismo, también prohíbe “en todo el ámbito del municipio de Arrecifes la tenencia, uso, fabricación, comercialización, venta al público mayorista o minorista, encendido, manipulación suelta y/o liberación de globos aerostáticos o similares, desde recintos abiertos o cerrados, públicos o privados”.

Con el apoyo de entidades protectoras de animales, y familiares de personas con TGD / Autismo y otras que sufren el efecto de los fuegos artificiales, el Concejo aprobó esta normativa, que regula esta práctica desde el año 2016, y que, si bien no prohíbe el uso de estos elementos, los restringe a aquellos que producen un sonido menor a 82 decibeles.

Si bien es una ordenanza casi imposible de aplicar ¿La ordenanza aprobada en 25 de Mayo servirá de impulso para cortar de raíz con el uso de pirotecnia y prohibirla totalmente en nuestro distrito?

Recordamos que se considera que la práctica de festejos basada en pirotecnia u otros elementos excesivamente ruidosos puede no ser placentera para aquellas familias donde uno de sus miembros presenta dificultad para tolerar dichos sonidos, aunque no tenga una condición médica particular. Incluidos, por supuesto bebes y animales, que son los que más sufren.

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