Esta mañana integrantes del Bloque Frente de Todos del Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes elevaron una nota al Ejecutivo y Comité de Crisis pidiendo que se regularice la situación en relación al DNU que oportunamente el Presidente de la Nación anunció, considerando la emergencia sanitaria, en el cual se dispone el «aislamiento preventivo obligatorio». Como respuesta, el Ejecutivo dio a conocer el listado de actividades permitidas según la norma nacional.
La decisión radica en que en los últimos días, la cuarentena se está incumpliendo. «Sabemos que la situación económica apremia», reconocen los ediles, pero argumentan «no podemos estar a un lado de lo que la Ley nos solicita».
Además, agregan «Esta no es una medida en contra de los comerciantes… por el contrario es una medida para la protección de todos».
«Seamos respetuosos … si no es imposible pedir respeto cuando somos nosotros mismos los que transgredimos normas» indicó la edil Roxana Valdatta en sus redes sociales, considerando injusto que «además de estar por fuera de la Ley, que se otorguen «permisos especiales» a algunos comerciantes en detrimento de otros».
En ese sentido, la Municipalidad respondió con un comunicado en el que enumera las actividades que «quedan exceptuadas del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular», y que, sinceramente, son más de las que el común de la gente supone. Veamos:
- Supermercados mayoristas y minoristas
- Comercios minoristas de proximidad
- Farmacias.
- Ferreterías.
- Veterinarias.
- Provisión de garrafas.
- Servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
- Obra pública.
- Reparto a domicilio de alimentos
- Reparto a domicilio de medicamentos
- Reparto a domicilio de productos de higiene y limpieza
- Reparto a domicilio de otros insumos de necesidad.
- Servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.
- Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos;
- Industrias de higiene personal y limpieza
- Industrias de de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
- Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
- Telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
- Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
- Recolección, transporte y tratamiento de residuos
- Servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
- Transporte público de pasajeros
- Transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP
- Servicios de lavandería.
- Servicios postales y de distribución de paquetería.
- Servicios de vigilancia, limpieza y guardia.
- Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
- Asistencia a personas con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.
- Personas que deban atender una situación de fuerza mayor
- Servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.
- Atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
Obviamente, con este panorama, quedan pocos comercios incluidos dentro de la cuarentena, y en realidad la misma se estaría cumpliendo casi con normalidad…